acera

(Última edición: martes, 23 de septiembre de 2025, 11:01)

Franja lateral de la calle que se reserva para el tránsito peatonal y para otros usos asociados a éste, tales como la estancia, el juego, la interacción social, ciertas actividades comerciales, artísticas y/o culturales, e incluso el ejercicio físico, por nombrar las más habituales. Representan también buena parte del espacio en el que suele alojarse el arbolado urbano y otros tipos de vegetación. Y también son el soporte para la mayor parte del mobiliario y las instalaciones (tanto aéreas como subterráneas) que necesitan los servicios urbanos: farolas, señales verticales de todo tipo, contenedores de basura, monolitos para contadores, etc. 

Deberían ser espacios exclusivamente peatonales, como establece la DGT, si bien es cierto que esta institución permite ciertas excepciones para el aparcamiento de vehículos de dos ruedas, las cuales deberían ser anuladas, dado lo exiguo del espacio público reservado a las personas y dada, también, la imposibilidad de determinar la funcionalidad de una acera solamente por su anchura.


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