Paisaje urbano nocturno
De la definición general de “paisaje”, acordada durante el Convenio Europeo del Paisaje en el año 2010, puede derivarse una posible definición de paisaje urbano nocturno, integrando en ella la referencia al ámbito espacial y temporal: “Cualquier parte del territorio urbanizado tal como la percibe la población en horas nocturnas, cuyo carácter sea el resultado de la acción y la interacción de factores naturales y/o humanos.”
Es importante tener en cuenta que suele diferenciarse el paisaje urbano exterior, del interior según la posición y la escala de observación. El paisaje urbano exterior es el que se percibe como un panorama urbano desde un punto alejado o elevado, mientras un paisaje interior abarca una escena urbana a escala más reducida, normalmente, a pie de calle”.
En ambos casos el paisaje urbano nocturno debería ser protegido, gestionado y ordenado con el objetivo de que atienda a la interacción de los factores naturales y/o humanos, siendo estos el cielo nocturno, la fauna y la flora, las personas, la luz artificial y el espacio construido.